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(P4) PROGRAMA DE AYUDA A LAS ACTUACIONES DE MEJORA DE LA EFICIENCIA ENERGÉTICA EN VIVIENDAS (HASTA EL 30/04/2024)
OBJETO
Actuaciones de mejora de la eficiencia energética en las viviendas, ya sean unifamiliares o pertenecientes a edificios plurifamiliares, con un coste mínimo de 1.000 €
PRESUPUESTO
Este programa cuenta con un presupuesto de 9.255.626 euros
DESTINATARIOS
Propietarios, usufructuarios o arrendatarios de viviendas.
REQUISITOS DE LA VIVIENDA
Las viviendas han de constituir el domicilio habitual y permanente de sus propietarios, usufructuarios o arrendatarios en el momento de solicitar la ayuda.
ACTUACIONES SUBVENCIONABLES (el inicio de las actuaciones debe ser posterior al 1 de febrero de 2020)
Actuaciones que cumplan, al menos, una de las siguientes actuaciones:
1.- Reducción de la Demanda de Calefacción y Refrigeración al menos un 7%.2.- Reducción del Consumo de energía primaria no renovable de al menos un 30%.3.- Sustitución de elementos constructivos de la envolvente térmica que cumplan CTE (Ejemplo: sustitución de ventanas).COSTES SUBVENCIONABLES
- Coste de las actuaciones- Costes de gestión y tramitación administrativa- Honorarios Profesionales (Dirección Obra, Proyectos, Informes, CEE, IEE,…)- IVA, cuando no se pueda recuperar o compensarNO son subvencionables los costes de tasas, impuestos o tributos.
CUANTÍA DE LAS AYUDAS
- El 40% del coste de actuación, con un límite de 3.000 €
SOLICITUDES
Las solicitudes incluirán al menos:
- Proyecto o Memoria justificativa de la actuación (PEM, planos y cuantía de la ayuda).- CEE estado actual (registrado) y estado reformado previsto- Certificado instalación térmica (en su caso), registrado de acuerdo con el RITE- Reportaje fotográfico- Certificado o volante de empadronamientoEl plazo máximo para resolver es de 3 meses. El plazo máximo de ejecución es de 12 meses.
JUSTIFICACIÓN FINAL
Incluirá al menos:
- Memoria justificativa del cumplimiento de la subvención- CEE final- Certificado instalación térmica según RITE- Documentación fotográfica- Facturas y justificantes de pagoLa justificación deberá realizarse en un plazo de 3 meses desde el fin de las actuaciones.
ABONO DE LAS AYUDAS
El primer 50% se hará efectivo en el plazo de un mes desde que se notifique la resolución de concesión.
El segundo 50% previa justificación del 50% de los gastos de la actuación objeto de subvención
NOTA: Los destinatarios últimos de las Ayudas podrán ceder el cobro de éstas al agente o gestor de la rehabilitación.
PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LAS AYUDAS
Hasta el 30 de abril de 2024
- Sede electrónica Junta de Extremadura: https://sede.gobex.es/SEDE/ (Trámite 345)
GUÍAS DE AYUDA
Guía para la justificación de la realización de las actuaciones del Programa RR345 en Extremadura
Modelo de Memoria de solicitud de ayuda para el programa P4
ENLACES
Web AYUDAS A LA REHABILITACIÓN Y MEJORA ENERGÉTICA DE VIVIENDAS EN EXTREMADURA https://ayudasviviendaextremadura.es/
JUNTA DE EXTREMADURA https://www.juntaex.es/w/6053?inheritRedirect=true
CIERRE ANTICIPADO CONVOCATORIA (DOE) https://doe.juntaex.es/otrosFormatos/html.php?xml=2024060869&anio=2024&doe=470o
AMPLIACIÓN PLAZO CONVOCATORIA (DOE) https://doe.juntaex.es/otrosFormatos/html.php?xml=2023064397&anio=2023&doe=2480o
EXTRACTO AMPLIACIÓN PLAZO CONVOCATORIA (DOE) https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2023/2480o/23064514.pdf
DOE http://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2022/50o/21064080.pdf
EXTRACTO DOE http://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2022/50o/22060008.pdf
BOE https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2021-16233
ZONIFICACIÓN CLIMÁTICA DE EXTREMADURA https://www.codigotecnico.org/pdf/Registro/CTE-DR/SOLICITUD-DOC-REC-CLIMEX-2.0.pdf
CONSULTAS
La Junta de Extremadura ha habilitado un correo electrónico y un número de teléfono para atender cualquier consulta:
- E- mail: programa.RR345@juntaex.es
- Subsanaciones frecuentes en la tramitación de la documentación de las Ayudas (URVIPEXSA)
- Aclaraciones para la presentación de la documentación del programa P4