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(P3) PROGRAMA DE AYUDA A LAS ACTUACIONES DE REHABILITACIÓN A NIVEL DE EDIFICIO (HASTA EL 31/08/2023)
OBJETO
Obras o actuaciones en edificios de uso residencial (colectiva y vivienda unifamiliar) en las que se obtenga una mejora acreditada de la eficiencia energética, con especial atención a la envolvente edificatoria.
PRESUPUESTO
Este programa cuenta con un presupuesto de 6.258.330 euros
DESTINATARIOS
- Personas propietarias (diferentes tipologías) de edificios residenciales, viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas: propietarios, usufructuarios, CCPP, cooperativas, arrendatarios.Siempre que, en el caso de edificios de tipo residencial colectivo:- Al menos el 50% de la superficie construida sobre rasante, excluida planta baja o inferiores si tienen otro uso, tenga uso residencial de vivienda.- Acuerdo de la Comunidad de Propietarios.REQUISITOS
Las actuaciones sobre edificios deberán cumplir:
- Disponer de Proyecto o Memoria Técnica (CTE) suscrita por técnico competente.- Libro del Edificio Existente- Obligatorio Estudio de Gestión de Residuos con un mínimo del 70% de reutilización, reciclaje y recuperación.- Obligatorio la retirada de amianto que pudiera contener el edificio.ACTUACIONES SUBVENCIONABLES (el inicio de las actuaciones debe ser posterior al 1 de febrero de 2020)
1.- Mejora o rehabilitación de edificios de uso residencial con una reducción de al menos un 30% de consumo de energía primaria no renovable.2.- Además de lo anterior, reducción de la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración, según su zona climática, de al menos:- Zona climática D y E: un 35%- Zona climática C: un 25%Excepto en los siguientes casos:
- Edificios sujetos a algún nivel de protección, en los que deberán cumplirse los valores límites del DB HE del CTE.- Edificios que en los últimos 4 años hayan reducido la demanda energética anual en un porcentaje igual o superior al establecido en el punto 2.COSTES SUBVENCIONABLES
- Coste de las actuaciones- Costes de gestión y tramitación administrativa- Honorarios Profesionales (Dirección Obra, Proyectos, Informes, CEE, IEE,…)- IVA, cuando no se pueda recuperar o compensar.NO son subvencionables los costes de tasas, impuestos o tributos.
CUANTÍA DE LAS AYUDAS
Los propietarios en situación de vulnerabilidad económica podrán optar hasta el 100% del coste de la actuación.
Retirada de amianto: incremento de 1.000 €/vivienda o 12.000 € por edificio, el que resulte superior.
SOLICITUDES
Las solicitudes incluirán al menos:
- Proyecto o Memoria- CEE estado actual (registrado) y estado reformado previsto- Acta con el acuerdo de la CCPP- Presupuesto desglosado de empresa- Solicitud de licencia- Reportaje fotográficoEl plazo máximo para resolver es de 3 meses. El plazo máximo de ejecución 26 meses (6 meses de licencia incluidos)
JUSTIFICACIÓN FINAL
Incluirá al menos:
- Proyecto realmente ejecutado- CFO, cuando corresponda- Certificado instalación según RITE, cuando corresponda- CEE final- Memoria justificativa del cumplimiento de la subvención- Documentación fotográfica- Facturas y justificantes de pagoABONO DE LAS AYUDAS
El primer 50% se hará efectivo en el plazo de un mes desde que se notifique la resolución de concesión.
El segundo 50% previa justificación del 50% de los gastos de la actuación objeto de subvención
NOTA: Los destinatarios últimos de las Ayudas podrán ceder el cobro de éstas al agente o gestor de la rehabilitación.
PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LAS AYUDAS
Hasta el 31 de agosto de 2023
- Sede electrónica Junta de Extremadura: https://sede.gobex.es/SEDE/ (Trámite 345)
GUÍAS DE AYUDA
Guía para la justificación de la realización de las actuaciones del Programa RR345 en Extremadura
Guía Sistemas de Aislamiento Térmico Exterior (SATE) para la Rehabilitación de la envolvente térmica de los Edificios (IDAE)
ENLACES
Web AYUDAS A LA REHABILITACIÓN Y MEJORA ENERGÉTICA DE VIVIENDAS EN EXTREMADURA https://ayudasviviendaextremadura.es/
JUNTA DE EXTREMADURA https://www.juntaex.es/w/6053?inheritRedirect=true
MODIFICACIÓN DOE http://doe.juntaex.es/otrosFormatos/html.php?xml=2022061265&anio=2022&doe=900o
DOE http://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2022/50o/21064080.pdf
EXTRACTO DOE http://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2022/50o/22060010.pdf
BOE https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2021-16233
ZONIFICACIÓN CLIMÁTICA DE EXTREMADURA https://www.codigotecnico.org/pdf/Registro/CTE-DR/SOLICITUD-DOC-REC-CLIMEX-2.0.pdf
CONSULTAS
La Junta de Extremadura ha habilitado un correo electrónico y un número de teléfono para atender cualquier consulta:
- E-mail: programa.RR345@juntaex.es
- Teléfono: 927 00 50 89
- Subsanaciones frecuentes en la tramitación de la documentación de solicitud de las Ayudas (URVIPEXSA)