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CIRCULAR INFORMATIVA 14-2022 RECORDATORIO: OBLIGACIÓN DEL REGISTRO DE TODOS LOS ENCARGOS PROFESIONALES
Estimado/a Colegiado/a,Recordamos que, además de los trabajos profesionales cuyo visado sea obligatorio y aquellos que se hayan sometido a visado voluntario, se deben comunicar al Colegio el encargo de todas las actuaciones profesionales y presentar para el Registro de Intervenciones Profesionales los trabajos en los que intervengan a fin de poder garantizar los fines y funciones que a este Colegio Profesional confieren tanto la Ley 11/2002, de 12 de diciembre, de Colegios y de Consejos de Colegios Profesionales de Extremadura, modificada por la Ley 4/2020, de 18 de noviembre, como la Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales, relacionados con la ordenación de la profesión y poder evacuar, además, en todo momento, las solicitudes de información desde las Administraciones (Justicia, Ayuntamientos, etc..).
Así, el artículo 15.5 de la Ley 11/2002, de 12 de diciembre, de Colegios y de Consejos de Colegios Profesionales de Extremadura, tras su modificación por la Ley 4/2020, de 18 de noviembre, señala:
5 ”Los Colegios de profesiones técnicas podrán crear registros de intervenciones profesionales, en los términos y con el alcance que se determine en sus propios estatutos, en los que las personas colegiadas deberán formular puntual declaración de los trabajos en que intervengan, estén o no sometidos a visado, para el control estadístico, deontológico y de colaboración con las Administraciones públicas.”
En consonancia con lo anterior, el artículo 24 de los Estatutos Particulares del Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Cáceres, en redacción aprobada en Junta General Extraordinaria celebrada el 30 de septiembre de 2021 y publicada en el DOE en fecha 24 de febrero de 2022, dispone:
Artículo 24. Registro de Intervenciones profesionales.
De conformidad con las disposiciones legales vigentes y a fin de dar cumplimiento a las funciones colegiales de ordenación de la actividad profesional, es competencia específica de los Colegios el registro y visado de las comunicaciones de encargos profesionales que realicen los colegiados en el ejercicio de la profesión.
Es obligatoria la declaración de las actuaciones profesionales que realicen los colegiados en el ejercicio de la profesión, mediante el registro colegial, estén sometidos o no a visado, lo que se llevará a efecto por medio de los documentos de comunicación de encargo profesional debidamente cumplimentados.
El registro de actuaciones profesionales tiene las siguientes finalidades:
a) Control deontológico de la actividad profesionalb) Colaborar con las Administraciones públicasc) Control estadístico de obras realizadas en el ámbito territorial y tipo de promotores de las actuaciones públicas o privadasd) Facilitar la elaboración de la memoria anual del Colegio y del Consejo Generale) Elaboración de estudios, análisis e informes sobre aspectos científicos, técnicos, económicos y del desarrollo y evolución del sector de la edificación, la construcción y la arquitectura.El registro de la actuación profesional será obligatorio, por otra parte, cuando la normativa aplicable otorga al Colegio una intervención preceptiva y/o funciones de registro, archivo y custodia de documentación derivada de la aplicación del Código Técnico de la Edificación (CTE), diligenciado de Libros de Órdenes y Asistencias o de Libros de Incidencias en materia de Seguridad y Salud laboral en obras de construcción.
Así, en cumplimiento de lo establecido en el Anejo II. del CTE, los colegiados que asuman la función de Dirección de Ejecución en Obras de Edificación a las que resulte de aplicación lo dispuesto en el citado CTE, deberán comunicar al Colegio el encargo de dicha actuación profesional.
De otro lado, en cumplimiento a lo que establece el RD 1627/97 sobre disposiciones mínimas en materia de Seguridad y Salud Laboral en Obras de Construcción, el Colegio habilitará los Libros de Incidencias a los colegiados previa comunicación y registro en el Colegio del nombramiento como Coordinador en materia de Seguridad y Salud del colegiado.
Junta de Gobierno del COAAT Cáceres