-
NOTA INFORMATIVA DE VISADOS: CIERRE DE EXPEDIENTES CON LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
En numerosas Obras Oficiales se está dando el caso que se visan Direcciones de Obras y Direcciones de Ejecución en las que el expediente no se cierra al no presentarse a visado colegial el correspondiente Certificado Final de Obras por disponer la Administración competente de su propia Oficina de supervisión técnica. En estos casos, para poder cerrar el expediente y empezar a computar la responsabilidad sobre las obras terminadas, se recomienda comunicar al Colegio el Acta de Recepción de Obras o documento similar con la fecha de terminación de la obra, firmado por los Técnicos intervinientes y la Administración competente, junto a la relación de controles realizados (Anejo II.3.3b CTE) y la estadística de materiales, con lo que el Expediente quedaría cerrado y se daría conocimiento a MUSAAT a efectos de delimitar responsabilidades.