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AYUNTAMIENTO DE CÁCERES - ADOPCIÓN MEDIDAS FASE 3 DESESCALADA
El BOP de Cáceres nº 110 del 10 de junio de 2020 publica la adopción de medidas en la FASE 3 de la desescalada por el Ayuntamiento de Cáceres.
PRIMERO: Se permite ocupar el 75% de las mesas de la terraza incluidas en la licencia permitiendo ampliar ese 75% siempre que se mantenga una distancia proporcional para el peatón.
SEGUNDO: Se podrá incrementar el número de mesas permitido en el apartado anterior (75 por ciento de las mesas incluidas en la licencia), siempre que se respete la proporción del cincuenta por ciento entre mesas y superficie disponible y llevando a cabo un incremento proporcional del espacio peatonal en el mismo tramo de la vía pública en el que se ubique la terraza.
TERCERO: Se permiten congregar grupos de hasta 20 personas en mesas agrupadas. Dichas agrupaciones contarán en el total de mesas permitidas en la licencia.
CUARTO: Se establece la posibilidad de poder usar el interior de los locales al 50% de su capacidad.
QUINTO: Se establece la posibilidad de utilizar la consumición en barra mientras se mantenga la distancia de 2 metros entre los/las usuarios/as.
SEXTO: A partir del día 15 junio podrán abrir los bares de ocio nocturno y las discotecas con un tercio del aforo. La pista de baile quedará habilitada para la colocación de mesas con una separación de 2 metros prohibiéndose el baile.
SEPTIMO: Se elimina temporalmente la obligatoriedad de mantener una distancia entre la última mesa y la calzada, con objeto de posibilitar de forma extraordinaria y temporal la colocación de terrazas sobre aparcamientos, siendo en este caso necesario que sean propuestas medidas de señalización y seguridad adicionales, las cuales deberán ser aceptadas por este Ayuntamiento.
OCTAVO: Los Establecimientos con Ampliación concedida en fases anteriores, si desean acogerse al 75% de fase 3, no deberán solicitarlo de nuevo, siendo suficiente que realicen una mera comunicación para conocimiento de la Policía Local, declarando bajo su responsabilidad que cumplen las condiciones de 18.4.III de la Orden 458/2020.
NOVENO: Se mantienen las condiciones de la Resolución de Alcaldía de fecha 25 de mayo de 2020 sobre la fase 2 que no sean contrarias a esta nueva Resolución.